26 ago 2014

Poder presidencial indelegable

Por Jaime Castro Ramírez

La Constitución Política de Colombia le asigna puntualmente al Presidente de la República las responsabilidades que le corresponden como Jefe de Estado, lo que además tiene que ver con el buen suceso en el cumplimiento de las funciones que el pueblo le ha conferido para el ejercicio del poder como máximo representante de la sociedad. Estas responsabilidades constitucionales, por supuesto que son indelegables en consideración a la unidad de mando que debe imperar para el funcionamiento ordenado de la estructura institucional del Estado, lo que va de la mano con la preservación y jerarquización de unidad en la autoridad presidencial.

Dualidad de poder entre Santos y Vargas Lleras
Lo que se observa en el panorama político colombiano, después de la reelección de Santos, es justamente la ilógica legal y política, es decir, que el presidente de la república decida fraccionar el poder presidencial y sus responsabilidades de gobernante entregando parte de ese poder y parte de esas responsabilidades a otra instancia que no le corresponde ejercerlas. En estas circunstancias, pareciera que la figura se pudiera asimilar a algo así como que en Colombia ahora existen dos presidentes, solo que la realidad dice que en las urnas fue elegido un presidente, y un vicepresidente.

Son tantos los compromisos políticos a los que se comprometió Santos para lograr su reelección, que para citar un solo ejemplo, no tuvo inconveniente en hipotecarle parte del poder al vicepresidente Germán Vargas nombrándole ministros de su entorno político en las carteras de Transporte y en la de Vivienda, y delegándole al vicepresidente nada menos que la misión de ejecutar las grandes obras de infraestructura que el país requiere, llámese injerencia en el Ministerio de Transporte, al igual que injerencia en el Ministerio de Vivienda al asignarle la misión de ejecutar la política pública en los proyectos de desarrollo territorial y urbano con el programa de vivienda. Y como si esto fuera poco, Santos inventó el cargo de ‘ministro de la presidencia’ (es incógnita sus funciones), y también le entregó este ‘superministerio’ a Vargas Lleras nombrándole allí a uno de sus cercanos amigos, el señor Néstor Humberto Martínez.

Además, el poder presidencial cedido en estas condiciones podría ser traumático para la buena marcha del Estado en razón a que se divide ese poder que tiene que ser único en cabeza del presidente, y podría ser una especie de rueda suelta sin control porque el vicepresidente no pertenece al gobierno, y por consiguiente no tiene obligación de rendirle cuentas al presidente de la república, pues jerárquicamente no depende de él porque fue elegido por voto popular, y por lo tanto no es subalterno suyo. En este escenario lo que se percibe es que le quedó en plataforma de lanzamiento desde ya el despegue de la campaña presidencial a Vargas Lleras para el 2018, lo cual él sabrá aprovechar manejando grandes recursos del Estado que el presidente le pone a su disposición, tanto recursos económicos como políticos, en una clarísima ´ventaja política’ frente a otros posibles aspirantes presidenciales.

La Constitución política colombiana también define claramente que la función esencial del vicepresidente de la república es reemplazar al presidente en sus faltas absolutas o temporales, y agrega que el presidente lo puede nombrar en un cargo (no significa entregarle poder presidencial), y le puede ‘confiar’ misiones o encargos especiales, básicamente de representación en eventos internacionales, y en materia de liderar la política nacional de derechos humanos y derecho internacional humanitario, también asesorar al Presidente de la República cuando éste así lo disponga.

Sin embargo, ese matrimonio de ambiciones políticas de poder entre Santos y Vargas Lleras podría terminar con serias incompatibilidades de criterios, y por lo mismo podría terminar mal, es decir, en ‘ruptura de separación’, por un lado motivada por la intensa ambición de poder de Germán Vargas en combinación con su muy complicado temperamento, pero por otro lado propiciada por la debilidad de Santos al hacerle concesiones de poder al vicepresidente, poder que debe ejercerlo el presidente de la república. En política las incoherencias suelen ser de alto costo cuando no se conserva una relación lógica en las actuaciones.

1 comentario:

Eduardo dijo...

Dicen que no hay honor entre ladrones y uno esperaria que el Copresidente Santos reciba su traición en su debido momento... pero, ¿si terminamos con una reeleccion no inmediata indefinida, y estos dos caballeros en carrusel en la Copresidencia al estilo Putin y Medvedev?